Salario base 2026 por grupo profesional
El convenio paga lo mismo a todo el grupo. Los puestos son los ejemplos orientativos del artículo 21; si tu puesto no aparece, lo que cuenta son tus funciones y tu formación.
| Puesto | Bruto al mes | Bruto al año | |
|---|---|---|---|
| Grupo 0 · Dirección y gerencia | 2.201,16 € | 30.816,22 € | |
| Grupo 1 · Trabajador/a social | 1.877,46 € | 26.284,42 € | |
| Grupo 1 · Educador/a social | 1.877,46 € | 26.284,42 € | |
| Grupo 1 · Psicólogo/a | 1.877,46 € | 26.284,42 € | |
| Grupo 1 · Economista, graduado/a social | 1.877,46 € | 26.284,42 € | |
| Grupo 2 · Técnico/a en integración social | 1.694,34 € | 23.720,72 € | |
| Grupo 2 · Técnico/a en animación sociocultural | 1.694,34 € | 23.720,72 € | |
| Grupo 2 · Programador/a informático/a | 1.694,34 € | 23.720,72 € | |
| Grupo 2 · Técnico/a administrativo/a o de administración y finanzas | 1.694,34 € | 23.720,72 € | |
| Grupo 2 · Cocinero/a titulado/a | 1.694,34 € | 23.720,72 € | |
| Grupo 3 · Monitor/a de programa o taller | 1.485,32 € | 20.794,47 € | |
| Grupo 3 · Auxiliar de ayuda a domicilio, auxiliar sociosanitario/a, trabajador/a familiar | 1.485,32 € | 20.794,47 € | |
| Grupo 3 · Auxiliar administrativo/a | 1.485,32 € | 20.794,47 € | |
| Grupo 3 · Ayudante de cocina | 1.485,32 € | 20.794,47 € | |
| Grupo 3 · Personal de mantenimiento | 1.485,32 € | 20.794,47 € | |
| Grupo 4 · Conserje, portería, ordenanza, telefonista | 1.294,80 € | 18.127,19 € | |
| Grupo 4 · Personal de limpieza | 1.294,80 € | 18.127,19 € | |
| Grupo 4 · Personal de almacén y reparto | 1.294,80 € | 18.127,19 € |
Cifras en brutoSueldo brutoLo que cobras antes de quitar impuestos y Seguridad Social. Es la cifra que suele aparecer en el contrato.Más en el diccionario → (antes de descuentos). Salario base bruto anual del anexo II (14 pagas), sin complementos. El mensual es el anual entre 14.
¿Cuánto te llega al banco?
Esto es lo que cobrarías en netoSueldo netoLo que te llega de verdad al banco cada mes, después de descuentos.Más en el diccionario → cada mes (14 veces al año), ya descontados el IRPFIRPFEl impuesto sobre lo que ganas. La empresa te lo quita cada mes y lo ingresa a Hacienda por ti.Más en el diccionario → y la Seguridad SocialSeguridad SocialLo que pagas para tener derecho a paro, baja médica y jubilación. Es alrededor del 6,5 % del bruto.Más en el diccionario →. Calculado para una persona sin hijos con contrato indefinido.
| Puesto | Bruto al año | Neto al año | Neto al mes |
|---|---|---|---|
| Grupo 0 · Dirección y gerencia | 30.816 € | 23.661 € | 1.690 € |
| Grupo 1 · Trabajador/a social | 26.284 € | 20.694 € | 1.478 € |
| Grupo 1 · Educador/a social | 26.284 € | 20.694 € | 1.478 € |
| Grupo 1 · Psicólogo/a | 26.284 € | 20.694 € | 1.478 € |
| Grupo 1 · Economista, graduado/a social | 26.284 € | 20.694 € | 1.478 € |
| Grupo 2 · Técnico/a en integración social | 23.721 € | 19.015 € | 1.358 € |
| Grupo 2 · Técnico/a en animación sociocultural | 23.721 € | 19.015 € | 1.358 € |
| Grupo 2 · Programador/a informático/a | 23.721 € | 19.015 € | 1.358 € |
| Grupo 2 · Técnico/a administrativo/a o de administración y finanzas | 23.721 € | 19.015 € | 1.358 € |
| Grupo 2 · Cocinero/a titulado/a | 23.721 € | 19.015 € | 1.358 € |
| Grupo 3 · Monitor/a de programa o taller | 20.794 € | 17.328 € | 1.238 € |
| Grupo 3 · Auxiliar de ayuda a domicilio, auxiliar sociosanitario/a, trabajador/a familiar | 20.794 € | 17.328 € | 1.238 € |
| Grupo 3 · Auxiliar administrativo/a | 20.794 € | 17.328 € | 1.238 € |
| Grupo 3 · Ayudante de cocina | 20.794 € | 17.328 € | 1.238 € |
| Grupo 3 · Personal de mantenimiento | 20.794 € | 17.328 € | 1.238 € |
| Grupo 4 · Conserje, portería, ordenanza, telefonista | 18.127 € | 15.981 € | 1.142 € |
| Grupo 4 · Personal de limpieza | 18.127 € | 15.981 € | 1.142 € |
| Grupo 4 · Personal de almacén y reparto | 18.127 € | 15.981 € | 1.142 € |
Pluses: dinero extra que se suma al sueldo
Los plusesPlus o complementoDinero que se suma al sueldo base por algo concreto: trabajar de noche, en festivo, antigüedad, transporte…Más en el diccionario → se cobran además del sueldo de la tabla, cuando se cumple la condición (trabajar de noche, en festivo…).
Sueldo por profesión
Lo que debes saber
- Subidas ya pactadas: +3 % en 2027 (+3,5 % en el grupo 4), +4,5 % en 2028 y +4,5 % en 2029.
- Jornada máxima: 1.715 horas al año en 2026, 1.710 en 2027, 1.700 en 2028 y 1.695 en 2029.
- No se aplica si tu entidad tiene convenio propio o está en otro convenio del sector: dependencia (residencias y ayuda a domicilio a personas dependientes), discapacidad, ocio educativo, reforma juvenil y protección de menores o enseñanza no reglada.
- En Cataluña, País Vasco y la Comunitat Valenciana hay convenios propios para parte de estas actividades (por ejemplo, la intervención social de Bizkaia, Álava y Gipuzkoa), que se aplican antes que este.
- Si trabajas a tiempo parcial, cobras la parte proporcional a tus horas.
Fuente oficial: BOE-A-2026-4641 (BOE núm. 52, de 27 de febrero de 2026) · Anexo II, tablas 2026
III Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social 2026-2029
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de Acción e intervención social?
El puesto que menos cobra en la tabla principal es Grupo 4 · Conserje, portería, ordenanza, telefonista: 18.127,19 € brutos al año (1.294,80 € al mes).
¿Cuántas pagas tiene este convenio?
14 pagas al año: 12 nóminas normales y 2 pagas extra. Si la empresa lo pacta contigo, las extras se pueden repartir (prorratear) entre las 12 nóminas.
¿Cuántas horas se trabajan al año?
Como máximo 1.715 horas al año a jornada completa. Lo que pase de ahí son horas extra.
¿Están actualizadas las tablas a 2026?
Vigente hasta el 31 de diciembre de 2029. Tablas de 2026 con efectos desde el 1 de enero de 2026. Última revisión de esta página: 4 de octubre de 2026.
¿Cómo sé cuál es mi categoría?
Aparece en tu contrato y en la parte de arriba de tu nómina, junto al nombre del convenio. Si no la encuentras, pregunta en tu empresa o a la representación de los trabajadores.
¿Mi empresa me puede pagar menos de lo que dice la tabla?
No. El convenio marca el mínimo. Tu empresa puede pagarte más, pero nunca menos. Si cobras menos, puedes reclamar las diferencias de hasta el último año.